El Tribunal Supremo no ha podido decidir este, a falta de datos, si excarcela a Miguel Francisco Montes Neiro, considerado el preso común más antiguo de España al haber enlazado condenas desde hace 35 años. Tras varias horas de deliberación, la Sala de lo Penal ha anulado el auto dictado por la Audiencia Provincial de Granada que rechazaba refundir sus penas y ha pedido dicte otro "con la debida claridad".
Según la sentencia dada a conocer este martes, de la que ha sido ponente el magistrado Carlos Granados, para poder resolver esta cuestión es necesario que se consignen datos como las sentencias firmes cuyas penas se pretenden refundir, lo que permitiría a la vista de los hechos, las fechas de las sentencias, los delitos y penas impuestas, "si se trata de conductas delictivas que pudieran haberse enjuiciado en un solo proceso o que exceden del máximo de cumplimiento efectivo".
La Fiscalía se opone a que sus condenas sean acumuladas, una decisión que permitiría a Montes salir de la cárcel antes de la última fecha prevista por los tribunales ordinarios, que se cumple en 2021.
Pese a no tener delitos de sangre, Montes Neiro, natural de Granada y de 60 años de edad, lleva desde 1976 sin acceder a la libertad, siquiera provisional. La dilatación de sus condenas se debe a sus intentos de fugas. El último de ellos, ocurrido en noviembre de 2009 en un permiso penitenciario para asistir al velatorio de su madre en Granada.
También precisa conocer el Supremo de forma concreta los periodos de prisión preventiva sufridos por Montes Neiro y a qué ejecutoria han sido abonados.
En el auto de la Audiencia de Granada se observa la ausencia de esos elementos "que resultan precisos para resolver sobre el recurso plantado y en definitiva sobre la refundición interesada", tal y como señaló en su día el escrito del Ministerio Fiscal.
Por ello, el alto tribunal pide a la Audiencia que dicte una nueva resolución "en el que se hagan constar todos los datos o elementos precisos para resolver sobre las condenas cuya refundición se solicita, pronunciándose sobre todas las cuestiones planteadas".
La situación de Montes Neiro se ve agravada por la reciente entrada en vigor del nuevo Código Penal, que no permite que los excesos en el cumplimiento de prisión preventiva sean descontados en causas diferentes. No obstante, y según ha alegado la defensa de Montes ante el Supremo, la jurisprudencia avala que en casos de cambio de legislación prevalezcan las normas que resulten más beneficiosas para el reo.
DEBIÓ SALIR EN 1994, SEGÚN SU DEFENSA
En ese contexto, la defensa de Montes Neiro, representada por Félix Ángel Martín García, ha pedido al Supremo que revise la contabilidad de los días en prisión que lleva el recluso, habida cuentas de que, según sus cálculos, tenía que cumplir 13.300 días de prisión y que debió salir de la cárcel en marzo de 1994.
La Audiencia Provincial de Granada, uno de los tribunales sentenciadores de Montes Neiro, ha rechazado esas cuentas y ha alegado que la refundición de condenas debe aplicarse cuando se traten de un único proceso porque "lo contrario sería una especia de crédito a favor del reo que actuaría como una especie de patente de corso frente a posteriores hechos delictivos".
La Fiscalía no es partidaria de admitir el recurso de Montes Neiro aunque considera que sería necesario que el tribunal sentenciador dictase un nuevo auto con los datos necesarios para valorar si las sentencias pendientes son acumulables y se resuelvan, si son de su competencia, las peticiones que allí plantee el penado.
Extraido de Europa Press vía Tokata.
www.miguelmontes.es.tl
****El Supremo decide que se quede en la cárcel un preso que lleva en ella 35 años sin tener delitos de sangre
No hay comentarios:
Publicar un comentario