30 dic 2009

[2 Gener] Los queremos en casa

Las familias de los detenidos y las entidades que consideramos desde el principio que se ha vulnerado la presunción de inocencia, pensamos que la condena de 11 hombres en base a estos elementos no hace otra cosa que darle continuidad a un proceso repleto de irregularidades.

El lunes 14 de diciembre/09 se conoció la sentencia contra los 11 acusados del Raval por preparar un supuesto atentado en el metro de Barcelona. A pesar de que la propia resolución judicial reconoce que «de los hechos probados no se desprende un plan suficientemente concreto y determinado», condena a los acusados a entre 8 y 14 años de prisión, considerando que, pese a que no disponían de ningún plan sí tenían la intención de llevarlo a cabo.

Las condenas se sustentan en el testimonio de un testigo protegido, cuyas afirmaciones son, como mínimo, contradictorias. Éste, el único de los implicados en el sumario que reconoce pertenecer a una red terrorista internacional, afirma que en enero de 2008 fue enviado de París a Barcelona para participar en un atentado; pese a lo cual en ningún momento fue tratado como un detenido por la Guardia Civil. Su supuesta pertenencia a una ramificación de Al Quaeda, no fue óbice, según él, para mantener relación con un miembro de las fuerzas de seguridad francesas, al que habría avisado del supuesto atentado.

A partir de ese relato se quiere enviar a 11 hombres a la cárcel entre 8 y 14 años, en una sentencia repleta de contradicciones. El tribunal reconoce que la sustancia calificada como explosivo es insuficiente por sí misma para fabricar un artefacto, pero aun así condena a dos de los imputados por tenencia de explosivos. La misma sentencia afirma que una organización internacional habría enviado a «varios de sus hombres» para realizar un atentado, a la vez que dice que no existía ningún plan de ataque.

En definitiva, la condena a los acusados se basa en cuatro elementos:

- La acusación contra ellos del único terrorista confeso implicado en la causa.
- Varios relojes de cocina, considerados temporizadores, sin aclarar el tipo o el supuesto artefacto en el que serían utilizados.
- 18 gramos de nitrocelulosa provenientes de bengalas de fabricación francesa, que según los TEDAX estarían destinadas al uso de niños de entre 8 y 10 años.
- El vídeo de un supuesto portavoz talibán, grabado en la zona pakistaní de Wazristán, y del que no ha sido aclarada la autoría tras que el periodista Claudio Franco reconociera en el juicio que no era el autor del mismo.

Las familias de los detenidos y las entidades que consideramos desde el principio que se ha vulnerado la presunción de inocencia, pensamos que la condena de 11 hombres en base a estos elementos no hace otra cosa que darle continuidad a un proceso repleto de irregularidades. Una sentencia en la que ha primado la justicia preventiva y el prejuicio inicial contra los acusados por encima de la valoración objetiva y racional de los hechos y de las pruebas a disposición del tribunal. Los 11 del Raval no son terroristas.

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